El verano pasado, en julio de 2023, una mujer de 29 años fue arrestada por amenazar a policías locales y por incitar a dos perros considerados peligrosos en Cantabria contra uno de los agentes. La intervención tuvo lugar en la calle Río de la Pila, luego de que los efectivos fueran llamados a las 3:25 am, debido a la presencia de dos perros sueltos de raza catalogada como potencialmente peligrosa en la zona, según informó la Policía en su día.
Al llegar al lugar, la mujer estaba muy agitada y, desoyendo las indicaciones de los agentes para controlar a los perros, los amenazó y los incitó contra uno de los policías. Éste último identificó y detuvo a la sospechosa, iniciando diligencias judiciales por un presunto delito de atentado a agente de la autoridad. La verdad es que hace falta ser descerebrado para hacer algo así.
Animales potencialmente peligrosos en Cantabria
Se consideran animales potencialmente peligrosos a efectos de esta Ordenanza, y de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, los Anexos I y II del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla dicha Ley, y el Anexo del Decreto 64/1999, de 11 de junio, por el que se regula la identificación y tenencia de perros de raza de guarda y defensa en Cantabria:
- Los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños en las cosas.
- Los animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
Razas peligrosas en Cantabria
En particular, se consideran incluidos en la categoría de potencialmente peligrosos, los perros que, siendo de pura raza o nacidos de cruces interraciales entre cualquiera de éstos con otros perros, pertenezcan a alguna de las siguientes razas peligrosas en Cantabria:
— American Staffordshire Terrier.
— Boxer.
— Bullmastiff.
— Dobermann.
— Dogo argentino.
— Dogo de Burdeos.
— Dogo del Tíbet.
— Fila brasileño.
— Mastín Napolitano.
— Pit Bull Terrier.
— Presa canario.
— Presa Mallorquín (Ca de Bou).
— Staffordshire Bull Terrier.
— Akita Inu.
— Tosa Inu.
¿De qué razas son los perros peligrosos en Cantabria?
Los perros peligrosos en Cantabria serán todos los que reúnan todas o la mayoría de las características siguientes:
— Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
— Marcado carácter y gran valor.
— Pelo corto.
— Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
— Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
— Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto.
— Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
La Licencia Municipal para los perros peligrosos en Cantabria
1. La tenencia de animales potencialmente peligrosos por personas que residan o desarrollen una actividad en esta Entidad local, requerirá, con carácter previo a la adquisición del animal, la obtención de la correspondiente Licencia Municipal para perros peligrosos en Cantabria.
2. La obtención de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos devengará una tasa municipal. La cuantía quedará fi jada en su correspondiente Ordenanza fiscal.
Órgano competente para otorgar la licencia de perros de razas peligrosas en Cantabria
El Alcalde-Presidente de la Corporación será el competente para poder otorgar las licencias para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, en cumplimiento del artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Requisitos para la Solicitud de la Licencia. Para obtener la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se necesita acreditar los siguientes requisitos:
— Ser mayor de edad.
— No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por Resolución Judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
— Certificado de aptitud psicológica y física.
— Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por una cuantía mínima de 120.000 €.
— No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las recogidas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.
Plazo de vigencia de la licencia de animales peligrosos en Cantabria
La licencia tendrá un período de vigencia de cinco años, debiendo ser objeto de renovación por períodos sucesivos de igual duración y debiendo acreditar:
— La suscripción del seguro de responsabilidad civil para daños a terceros.
— La expedición del certificado de sanidad animal que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.
Documentación a aportar para la Concesión y Renovación de la Licencia: la concesión de la Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos en Cantabria requerirá la aportación de los siguientes documentos:
— D.N.I. del propietario.
— Certificado de penales.
— Certificado de capacidad física y aptitud psicológica expedido por centros de reconocimiento que cumplan las características previstas por el artículo 6 y 7 del Decreto 287/2002, de 22 de marzo.
— Cartilla sanitaria del perro.
— Acreditación de la formalización del seguro de responsabilidad civil.
— Justificante del abono de la Tasa por expedición de la Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Infracciones administrativas por tenencia de perros peligrosos en Cantabria
Muy graves:
a) Abandonar un animal potencialmente peligroso.
b) Poseer perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia.
c) Vender o transferir perros o animales potencialmente peligrosos a personas sin licencia.
d) Entrenar animales para aumentar su agresividad o para fines prohibidos.
e) Entrenar animales potencialmente peligrosos sin el certificado de capacitación.
f) Organizar o participar en concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos destinados a demostrar la agresividad de los animales potencialmente peligrosos.
Graves:
a) Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no tomar medidas para prevenir su escape.
b) No identificar al animal.
c) No inscribir al animal en el Registro.
d) Permitir que un perro potencialmente peligroso esté en lugares públicos sin bozal o cadena.
e) Transportar animales potencialmente peligrosos incumpliendo las normativas establecidas en la Ley 5/1999, de 23 de diciembre.